La Generalitat Valenciana ha convocado para el ejercicio 2026 una línea de ayudas destinada a facilitar la autonomía personal de las personas con discapacidad. Estas subvenciones pueden contribuir a afrontar gastos relacionados con productos de apoyo, adaptaciones en la vivienda, adaptación de vehículos o transporte para acudir a tratamientos y centros asistenciales.
Desde AFANIAD Maestrat queremos acercar esta información de una forma clara y sencilla para que las personas interesadas y sus familias puedan conocer qué se puede solicitar, quién puede beneficiarse, qué requisitos hay que cumplir y cómo presentar la solicitud desde casa.
Importante: la información de este artículo es divulgativa y está basada en la resolución de convocatoria para 2026. Antes de presentar la solicitud es recomendable consultar siempre las bases y el trámite oficial de la Generalitat Valenciana.
🟢 ¿Cómo se llama esta subvención?
La convocatoria se denomina:
Subvenciones para la promoción de la autonomía personal de personas con discapacidad – ejercicio 2026
La convocatoria tiene como finalidad facilitar que las personas con discapacidad puedan desarrollar sus actividades cotidianas con mayor autonomía, seguridad e independencia, mediante apoyos y adaptaciones que respondan a sus necesidades.
La convocatoria de 2026 se establece mediante la Resolución de 26 de agosto de 2026 y está publicada en el DOGV de 2 de septiembre de 2026.
♿ ¿A quién están dirigidas?
Pueden solicitar estas ayudas las personas físicas que tengan reconocida legalmente la condición de persona con discapacidad y sean residentes en la Comunitat Valenciana.
La solicitud puede realizarla la propia persona interesada o su representante legal o voluntario, según corresponda.
Además, deben cumplirse una serie de requisitos relacionados con la edad, los ingresos y las necesidades de autonomía personal.
🏠 ¿Qué se puede subvencionar?
La convocatoria contempla cuatro grandes modalidades de ayuda:
1. Ayudas técnicas y productos de apoyo
Se pueden solicitar productos y ayudas técnicas destinados a facilitar la realización de determinadas actividades a las personas con discapacidad.
Por ejemplo, pueden incluir productos de apoyo contemplados en el catálogo establecido en la convocatoria y determinadas reparaciones técnicamente imprescindibles para garantizar su utilización.
2. Adaptación de la vivienda
Se pueden subvencionar actuaciones destinadas a:
- Eliminar barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda.
- Mejorar la accesibilidad.
- Realizar adaptaciones funcionales del hogar.
- Adaptar el cuarto de baño.
Las obras deben estar directamente relacionadas con la mejora de la accesibilidad.
3. Adaptación de vehículos
La ayuda puede destinarse a elementos que tengan la consideración de adaptados en vehículos de motor y que permitan mejorar la autonomía y movilidad de la persona con discapacidad.
4. Ayudas para transporte
También se contempla una ayuda para los gastos de transporte necesarios para acudir a:
- Tratamientos.
- Centros asistenciales.
- Determinados centros de acción social de la red pública, cuando el transporte no esté cubierto o financiado por los propios centros.
💶 ¿Cuánto dinero se puede recibir?
La convocatoria establece que se puede financiar el 100 % del importe de la actuación, aunque la ayuda nunca puede superar ni el importe solicitado, ni el coste real de la actuación, ni los módulos máximos establecidos.
Los importes máximos previstos para 2026 son:
| Tipo de ayuda | Importe máximo |
|---|---|
| Ayudas técnicas para discapacidad física | 2.100 € |
| Ayudas técnicas para discapacidad auditiva | 1.600 € |
| Ayudas técnicas para discapacidad visual, intelectual o TEA | 1.350 € |
| Ayudas técnicas para comunicación alternativa | 1.200 € |
| Adaptación del cuarto de baño | 2.800 € |
| Eliminación de barreras en el interior de la vivienda | 4.000 € |
| Adaptación de vehículo de motor | 2.500 € |
| Transporte | 6 €/día, hasta 1.440 €/año |
👤 Requisitos para poder solicitarla
Para acceder a estas ayudas hay que cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria.
Entre los principales:
✔ Tener reconocida legalmente la discapacidad.
✔ Residir en la Comunitat Valenciana.
✔ Tener menos de 65 años.
Existe una excepción importante: para las ayudas destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación funcional de la vivienda, la persona beneficiaria debe tener menos de 60 años.
✔ Cumplir el límite de ingresos.
La renta individual o la renta per cápita familiar debe ser inferior a tres veces el IPREM correspondiente al ejercicio anterior al de la convocatoria, tomando como referencia el IPREM anual de 12 mensualidades.
✔ Presentar una necesidad relacionada con la autonomía personal.
La convocatoria contempla deficiencias de carácter físico, sensorial, intelectual o mental que supongan una pérdida de autonomía.
🚌 Requisitos adicionales para solicitar transporte
En el caso de solicitar la ayuda de transporte hay condiciones adicionales.
La persona deberá:
- Tener reconocida la discapacidad con movilidad reducida.
- No tener reconocido el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
- No haber recibido otras becas, subvenciones o ayudas de otros organismos para el mismo objetivo.
- Si acude a centros de acción social de la red pública, el transporte no debe estar financiado por la Conselleria competente en materia de servicios sociales.
📅 ¿Qué fechas hay que tener en cuenta?
La resolución de la convocatoria para 2026 está publicada en el DOGV de 2 de septiembre de 2026.
El plazo de presentación establecido en las bases es de:
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.
Por este motivo, recomendamos comprobar el plazo exacto que aparece actualmente en la Sede Electrónica antes de presentar la solicitud.
Además, hay una información especialmente importante para quienes ya hayan realizado un gasto:
📌 Se consideran subvencionables las adquisiciones o actuaciones realizadas entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos.
📝 ¿Se pueden solicitar varias ayudas?
Sí, pero existe una limitación.
Cada persona con discapacidad, o su representante, puede solicitar como máximo dos actuaciones de las modalidades previstas, siempre que una de ellas sea la modalidad de transporte.
💻 ¿Cómo puedo solicitar la subvención desde casa?
La solicitud puede realizarse por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana.
Paso 1. Entra en el trámite oficial
Accede directamente a:
Sede Electrónica – Solicitud de la subvención (procedimiento 111114)
Paso 2. Identifícate electrónicamente
La solicitud se presenta mediante firma electrónica de la persona solicitante o de quien la represente.
Paso 3. Prepara la documentación
La documentación dependerá del tipo de ayuda que se solicite.
De forma general, es necesario preparar la solicitud y la documentación acreditativa correspondiente, además de un presupuesto detallado de la actuación.
📂 ¿Qué documentación pueden pedir?
Para ayudas técnicas o productos de apoyo
Se debe aportar, entre otra documentación, un informe con prescripción facultativa y el presupuesto detallado.
Para adaptar la vivienda
Si la vivienda es de alquiler, se requiere:
- Contrato de arrendamiento vigente.
- Autorización expresa del propietario para realizar las reformas.
Para adaptar un vehículo
Se solicita:
- Copia del permiso de circulación.
- Declaración responsable sobre la titularidad y utilización del vehículo en los términos establecidos en la convocatoria.
Para solicitar transporte
Será necesario aportar:
- Informe de necesidad con prescripción facultativa.
- Información sobre el centro o servicio al que se acude.
- Número de días al mes.
- Número de meses.
- Medio de transporte utilizado.
- Declaración y compromiso en relación con la asistencia.
💳 Cuenta bancaria
En caso de ser un nuevo perceptor o haber cambiado la cuenta bancaria, también deberá tramitarse la correspondiente domiciliación bancaria.
🔎 Un consejo importante: presentar la documentación completa
Estas ayudas se tramitan mediante concurrencia competitiva y la convocatoria establece como criterio el orden de fecha de presentación de las solicitudes con la documentación completa y correcta.
Por eso es importante no limitarse a enviar el formulario: hay que comprobar que se ha incorporado toda la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos.
Si la Administración solicita una subsanación, la fecha que se tendrá en cuenta será la de la presentación correcta de la solicitud y de la documentación necesaria.
⏳ ¿Cuándo sabré si me han concedido la ayuda?
El plazo máximo establecido para resolver y notificar es de tres meses, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.
Si transcurre ese plazo sin una resolución expresa, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver.
💚 ¿Por qué son importantes estas ayudas?
Para una persona con discapacidad, una adaptación aparentemente sencilla puede suponer una diferencia enorme en su día a día.
Una adaptación del baño puede facilitar la higiene personal.
Un producto de apoyo puede permitir realizar una actividad con mayor independencia.
Una adaptación del vehículo puede facilitar los desplazamientos.
Y una ayuda para transporte puede hacer posible acudir regularmente a tratamientos o centros asistenciales.
En definitiva, el objetivo de estas subvenciones es apoyar que las personas con discapacidad puedan desarrollar su vida cotidiana con mayor autonomía.
🤝 Desde AFANIAD Maestrat queremos ayudarte a conocer tus opciones
En AFANIAD Maestrat creemos que conocer los derechos y los recursos disponibles es también una forma de avanzar hacia una vida más autónoma e independiente.
Si estás pensando en solicitar esta subvención y no sabes por dónde empezar, tienes dudas sobre la documentación o quieres entender mejor qué modalidad puede estar relacionada con tu situación, puedes contactar con nosotros.
📍 AFANIAD Maestrat
Av. Tarragona, 37 – Vinaròs
📞 611 383 914
🔗 SOLICITUD OFICIAL
Acceder al trámite de la Generalitat Valenciana – Procedimiento 111114
Antes de presentar la solicitud, comprueba siempre en la Sede Electrónica el plazo vigente, los formularios y la documentación exigida.
Información elaborada con finalidad divulgativa a partir de la convocatoria de subvenciones para la promoción de la autonomía personal de personas con discapacidad para el ejercicio 2026. La información oficial y vinculante es la publicada por la Generalitat Valenciana y el DOGV.




